DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado WILMER ALBERTO GIL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº no porta, Obrero, hijo de Soraida Gil, nacido en fecha:15-02-1985, de años 23 de edad, soltero, residenciado en callejón bajada la chinita, casa Nº 03, casa de bloques sin frisar, al lado del CDI la Chinita, consistente en OCHO (8) MESES Y DOS (02) DIAS, de trabajo y estudio realizados en la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, en concordancia con lo previsto en los artículos 507.....