Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO LA EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL, por el cumplimiento de la condena al penado: CARLOS ARTURO MINOTTA, no porta documentación personal, dijo ser y llamarse como queda escrito, Colombiano, titular de la cédula de identidad Nº CC16.479.537, Conductor, hijo de Luz María Preciado y Carlos Arturo Minotta, nacido en fecha: 10-02-1962, 46 años de Edad, Soltero, domiciliado en Colombia, Barrio Independencia, Calle 06 de Enero, Casa N° 324, Buenaventura Colombia, condenado a Cumplir una pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 45, encabezado y primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, igualmente condenado a cumplir las penas acces.....