dicho beneficio siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal penal.
DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO. A partir del cumplimiento de 1/3 parte de la pena impuesta, es decir, Tres (03) Años y Ocho (08) Meses de la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN, y será a partir del día 31-03 2013, fecha en la cual los penados podrán optar por dicho beneficio siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
LIBERTAD CONDICIONAL. A partir del cumplimiento de las 2/3 partes de la pena impuesta, es decir, Siete (07) Años y Cuatro (04) Meses de la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN, y será a partir del día 31-11-2016, fecha en la cual los penados podrán optar por dicho beneficio siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Así mismo los penados: ANDRY JOSE CARRASQUERO URDANETA Y ALFREDO ALEXANDER NOGUERA GARCIA, podrán solicit.....