En consecuencia, considera quien aquí decide que se encuentran llenos los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL a favor del penado: XAVIER DAVID PEREIRA MELENDEZ venezolano, nacido en fecha: 26-04-1986, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 19.059.336, de años 21 de edad, de Estado Civil: Soltero, Grado de Instrucción: Tercer Año de Bachillerato, de Profesión u Oficio: Albañil, hijo de Regulo Guillermo Pereira Pérez y Isabel Margarita Meléndez, domiciliado en Bella Vista, Calle Falcón, Casa N° 33 en la esquina de la carnicería Punto Fijo Estado Falcón, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezola.....