Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JULIO CESAR MORALES, contra la ciudadana YORMA DEL VALLE MADRID GUEVARA, ambos plenamente identificados en el texto del presente fallo, por Divorcio. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los mencionados ciudadanos, por el matrimonio contraído el 21 de Diciembre de 1.990, por ante la Prefectura Civil del Municipio Silva, estado Falcón. Así se decide.-
Disuélvase la Comunidad Conyugal a que haya lugar. Así se decide.-