Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN TUCACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, que fuera formulada por la representación judicial del ciudadano JEAN CARLOS LUGO, ya identificado, y al efecto se ordena la corrección de su acta de nacimiento, signada con el número 215, folio vuelto del 110, del libro de actas de nacimiento del año 1.979, que se encuentra asentada en el Registro Civil del Municipio Monseñor Iturriza, estado Falcón, Parroquia Tocuyo de la Costa, y la asentada en el tomo de duplicado que lleva el Registro Principal del Estado Falcón.
Primero: donde dice: "LUIS VILLARRUEL", debe decir "JOSÉ LUIS VILLARROEL". Así se decide.-
Segundo: donde dice "COLOMBIANO, NATURAL DE COLOMBIA", debe decir "VENEZOLANO". Así se.....