Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en la presente causa que por, NULIDAD DE VENTA Y ASIENTO REGISTRAL, CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el ciudadano EDGAR GABIDIA RODRÍGUEZ, contra FRANCY ADRIANA FLORES RODRÍGUEZ, INMOBILIARIA RÍO CÚPIRA C.A., Sociedad de Comercio INVERSIONES CHICHIRIMAR C.A., y HÉCTOR ANGULO FERMÍN se declara:
Primero: CON LUGAR defensa de fondo de falta de cualidad e interés para sostener el juicio opuesta por los demandados INMOBILIARIA RÍO CÚPIRA C.A. y HÉCTOR ANGULO FERMÍN. Así se decide.-
Segundo: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL y de NULIDAD de la operación DE VENTA, en consecuencia se ordena la Nulidad de Asiento Registral correspondiente al documento protocolizado ante la Ofic.....