Por las motivaciones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la recusación contra la Jueza Retasadora abogado MONICA DOMINGUEZ, interpuesta por el abogado Régulo Jesús Oviol en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Ricardo Platt Martínez, parte demandada en la presente incidencia.
No hay expresa condenatoria en costas.