Por los motivos antes expuestos y tomando en consideración que este juzgador no cuenta con la información necesaria para la justa determinación de los honorarios profesionales, de conformidad con lo establecido en la última parte del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la tramitación de una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, con el objeto de que las partes consignen la información y recaudos necesarios a fin de establecer definitivamente los honorarios profesionales de los expertos, tanto de los expertos ingenieros, como de los expertos contables designados y juramentados, a quienes igualmente deberá notificarse de este pronunciamiento, para que efectúen las consideraciones que consideren pertinentes. Así se decide.-
Notifíquese a las partes del presente auto, así como a los expertos Ingenieros: Eddy Rodríguez, Orangel Villarroel, Héctor Alegrett; y los expertos Contadores Públicos: Carlos José Estrada Navas, Jesús Pérez y Juana María Prieto, t.....