Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, presentada por la representación judicial de la parte demandada. Así se decide.-
Se condena en costas a la parte demandada por resultar vencida totalmente en la presente incidencia. Así se decide.-
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente sentencia en el copiador de sentencias del Tribunal.