En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su Incompetencia para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano NANDY MARCIAL ACOSTA LINARES, titular de la cédula de identidad número V-10.610.139, asistida por la abogada ANNYS CARIANGELA LUGO ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 261452, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALÍ PRIMERA" DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCÓN Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCÓN, en fecha quince (15) de marzo de 2017. Ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.
Segundo: Declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia d.....