Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE, la medida cautelar solicitada, Recurso Administrativo de Nulidad con Medida Cautelar, suscrito por el abogado FELIX IRENEO SANCHEZ PADILLA, supra identificado, actuando en su condición de apoderado judicial de los Ciudadanos YOLANDA REYES, WILMA GUTIERREZ, ELIZABETH LUGO, SIMAIRA RODRIGUEZ, YDAIS LUGO Y RUBEN MOGOLLON, titulares de la cédula de identidad Nros; v- 4.787.025, v- 3.681.225, v- 7.574.926, v- 7.477.080, v- 9.588.838 y v- 11.248.827, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DEL ESTADO FALCÓN.