IV
DECISIÓN
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, presentada por el abogado ROBERTO GILSON FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 221.150, contra el COMÍTE LOCAL DE ABASTECIMIENTO Y PRODUCIÓN (CLAP) SIMÓN BOLIVAR ADSCRITO AL CONSEJO COMUNAL CENTRO DE CORO.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018). Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE La Secretaria Temp.
Abg. MIGLENIS ORTIZ .....