DISPOSITIVA.
En virtud de las consideraciones que preceden, ésta Jueza Temporal Primera de Primero Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en el Artículo 185 numeral 2° del Código Civil Venezolano, interpuesta por la ciudadana YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.563.203, domiciliada en la Calle Bolívar, Casa Nro. 36 de la Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SERGIO COLINA LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.559, en contra del ciudadano PEDRO REGALADO GAZME, venezolano, mayor de edad, titular de.....