Este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el 308 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano JHORWUIS ANTONIO DURAN ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-19.252.240 por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 378 del Código Penal Vigente, con las CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, establecidas en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la ciudadana D.C.M.H (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: Se admiten y se declaran útiles, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas del Ministerio Público. TERCERO: Seguidamente.....