PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación Fiscal, interpuesta contra los Ciudadanos FELIX ENRIQUE VENTURA PRIMERA, RUBEN ENRIQUE MORALES MORALES, ALEXANDER EMILIO LUGO RODRIGUEZ Y YOLVER ALEXIS SANGUINETTI LOBO.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, por ser útiles, licitas, necesarias y pertinentes; de igual manera se admitió en esta Audiencia Preliminar, en relación a los medios de prueba testimoniales ofrecidos por la defensa Abg. Anyelo Salas, este Tribunal en aras de la búsqueda de la verdad y el esclarecimiento de los hechos garantizando de este manera el derecho e igualdad entre de las partes, el derecho a la defensa, y la tutela judicial efectiva, DECLARA CON LUGAR la admisión de las testimoniales de las ciudadanas ANA CRUCITA MORALES y ANTONIETA DORANTE, esto en aras de garantizar el debido proceso y la búsqueda de la verdad, en conclusión este Tribunal declara sin lugar las excepciones opuestas por la defensa privada, por cuanto considera que.....