PRIMERO: Como punto previo Se declara sin lugar la excepción opuesta por la defensa abogados NADESKA TORREALBA ROLANDO ROJAS Y WILLIAM HOPKINS en representación de del ciudadano RAFAEL SEGUNDO CASTILLO ROBERTIS prevista en el articulo 28 numeral 4° letra I; se declara Sin lugar el Sobreseimiento conforme al artículo 34 numeral 4° solicitado por la defensa Privada.
SEGUNDO: Cumplidos los requisitos formales y materiales del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal para presentar la acusación fiscal, se ADMITE EN SU TOTALIDAD LA ACUSACION FISCAL en contra del ciudadano RAFAEL SEGUNDO CASTILLO ROBERTIS, venezolano, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.179.987, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia donde figura como victima la ciudadana MIREYA DEL CARMEN HERNANDEZ.
TERCERO: Se admiten totalmente las pruebas ofre.....