CUARTO: Por cuanto esta Juzgadora considera que el delito Imputado y acreditado en esta audiencia de presentación, lesiona diversos bienes tutelados por el Derecho como lo son la Integridad Física, la Integridad Psicológica y la vida; ACUERDA lo solicitado por la representación fiscal, relacionado a las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima y en consecuencia, DECRETA imponer Medidas de protección y seguridad a favor de la víctima EVEYLI MARIA MORILLO PRIMERA establecidas en artículo 90 Numeral 1, se remite a la víctima al SENAMEF para su evaluación psicológica forense, debiendo asistir en un lapso de 07 días posterior a la presente audiencia debiendo dicho organismo remitir sus resultas en un lapso de 15 días y se ordena oficiar al equipo interdisciplinario a los fines de su atención psicológica y valoración integral Numeral 6, la prohibición al imputado de que por sí o por terceras personas realice acto de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o.....