Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD el ciudadano JOSE GREGORIO REYES HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad V-4.641.948, de 54 años, fecha de nacimiento 30/01/1957, residenciado en la el sector Las Calderas, calle Principal, casa sin numero, coro Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en artículo 45, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana NIÑA DE 7 AÑOS DE EDAD (SE OMITE IDENTIFICACION)., se ordena que sea recluido en la comunidad penitenciaria del Estado Falcón sea
Se ordena la aplicación del proc.....