En razón de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de examen y revisión de la medida planteada por el abogado Antonio Lilo Vial, actuando con el carácter de defensa técnica del ciudadano ROBERTO RAMÓN GARCÍA MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-9.507.621. En consecuencia se mantiene la medida de medida judicial privativa de libertad, impuesta en fecha 06/12/2014, en contra del ciudadano ROBERTO RAMÓN GARCÍA MEDINA, plenamente identificado, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia c.....