Por todo lo antes expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Acuerda la solicitud de Prórroga presentada por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, por un lapso de 90 DIAS contados a partir del día 12/09/2013, a fin de que presente el correspondiente acto conclusivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.