Por todo lo antes expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Coro, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano OMAR ELI ROMERO BRACHO, cédula de identidad N° V.- 5.295.94, por los delitos de AMENAZA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en los artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y el artículo 218 del Código Penal, por haberse extinguido la acción penal por prescripción de la misma, todo conforme a los artículos 300 numeral 3º y 49 numeral 8º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, conforme al articulo 24 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se ordena el cese de cualquier medida de coerción personal impuesta al precitado ci.....