Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD Y MEDIDA CAUTELAR establecidas en los artículos 87 numeral 6° Y articulo 92 numeral 7° de la Ley de Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistentes en la prohibición al presunto agresor , por si o o por terceras personas , realice actos de persecución , intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia , así como también el de asistir ante un centro especializado en la materia de violencia contra la mujer medidas que deben ser cumplidas por el ciudadano RAMON ANTONIO JIMENEZ SOTO, , RAMON ANTONIO JIMENEZ SOTO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad V-9.529.363, de 47 añ.....