Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de prórroga presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público en fecha, y en consecuencia, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el Parágrafo Único del artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el lapso de Quince (15) días contados a partir de fecha 02/3/02012, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo en la causa seguida de los ciudadanos JOSE GREGORIO REYES HERNANDEZ , por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS , previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las.....