Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al Ciudadano JHOAN JOSE ESPINOZA REYES, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número V-14.609.415, de 36 años de edad, soltero, nacido el día 08/11/75, hijo de ANA REYES y JOSE ESPINOZA, residenciado en LA URB. CRUZ VERDE, CALLE FELIPE TOVAR, NUMERO 29, CORO MUNICIPIO MIRANDA, ESTADO FALCON, teléfono 0416-8166709- 0424-5764365, grado de instrucción u oficio electricista, a cumplir la pena de OCHO (8) MESES DE PRISIÓN por el delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Especial que rige la materia, en perjuicio de la Ciudadana: .....