Este Tribunal Único de Juicio dicta dispositiva del presente debate y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento PRIMERO: Se ABSUELVE al ciudadano ARCADIO JESÚS VARGAS SANCHEZ venezolano, cédula de identidad número V-9.502.856, por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se CONDENA al ciudadano ARCADIO JESÚS VARGAS SANCHEZ venezolano, cédula de identidad número V-9.502.856, edad 53 años, nacido el día 24/06/1977, tercer año como grado de instrucción de profesión u oficio albañil, residenciado en Cumarebo calle industria, prolongación las tablitas,, casa s/n al lado del tanque Teléfono: 0414-620-5671, Hijo de Arcadio Vargas y Hilda de Vargas, A cumplir la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 del de la Ley Orgánica sobre el Der.....