DECISION
Por todas las razones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en la Vela Municipio Colina, Estado Falcón, Administrando Justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCIÓN de la Instancia del presente expediente signado bajo el Nº 402/2015, instruido por el ciudadano: JOSEPH TABBAN ANTOANET, en contra del ciudadano: RAMON ANTONIO PIÑA, por el motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMODATO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se declara Extinguida la presente Causa, pudiendo la parte demandante interponer nuevamente la Demanda transcurridos que fueren Noventa (90) días continuos después de verificada la Perención todo de conformidad con lo establecido en los artículos 270 y 271 ejusdem. Déjese constancia en le Libro .....