Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de FECHA 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de los Ciudadanos: DAYRELIS JOHANDRIS MORILLO PAEZ Y ARTHUR YAHIR TORRES VARGAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Personales Nros. 18.888.775 y 18.606.623 respectivamente, de profesión u oficio Docente la primera y comerciante el segundo, domiciliados en la Carretera Nacional Sector Los Pasos frente a la entrada del Callejón Bella Vista de la Poblac.....