Por los motivos expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Pueblo Nuevo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos LESBIA MARIBEL AULAR AMAYA y JUAN JOSÉ MARÍN COELLO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.572.175 y V-5.753.335, respectivamente, domiciliados en la población de Moruy del Municipio Falcón del Estado Falcón, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos LESBIA MARIBEL AULAR AMAYA y JUAN JOSÉ MARÍN COELLO desde el 15 de Diciembre del año 1.990 por ante el Registro Civil de la Parroquia Moruy del Municipio Falcón del Estado Falcón.
SEGUNDO: Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMEN.....