Por los motivos expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Pueblo Nuevo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JUAN BAUTISTA VENTURA GUANIPA y ALBERICA TERESITA GARCÉS DE VENTURA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.177.230 y V-4.793.086, respectivamente, domiciliados el primero en el sector El Barrialito, Parroquia El Vinculo del Municipio Falcón del Estado Falcón, y la segunda en Las Cumaraguas, casa sin número, Municipio Falcón del Estado Falcón, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JUAN BAUTISTA VENTURA GUANIPA y ALBERICA TERESITA GARCÉS DE VENTURA desde el 18 de Marzo del año 1.977 por ante el Registro Civil d.....