Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de las ciudadanas ROSSANA DEL VALLE MEDINA GALICIA y OMAIRA ALEJANDRA HERNÁNDEZ, y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana LEILANY JOSEFINA MARQUEZ CORZO, venezolana, mayor de edad, soltera, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.464.965, de profesión u oficio Costurera, domiciliada en Jayana, calle Los Olivos, sector El Estadio de Jayana, casa S/N, jurisdicción del Municipio Los Taques del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de confo.....