DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO PROCESAL DE APELACIÓN contra la decisión de fecha 05/02/2016, referente a la improcedencia e inadmisibilidad de la recusación interpuesta en contra de Jueza Segunda de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón Abg. Elianne Gutiérrez García, por el apoderado judicial del Conjunto Residencial Vacacional Gran Marina Tucacas y Asociación Civil Gran Marina, el abogado SALIM RICHANI, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N°: 7.088.673 inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 49.193. Publíquese y regístrese.