CON LUGAR, la Solicitud De Divorcio realizada por los ciudadanos: YOANNA RAMONA GRATEROL NAVARRO y ALEXANDER JESUS TAMBO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-13.417.548 y V-11.141.437, respectivamente, domiciliados la primera en la Urbanización Cruz Verde, calle 13, sector 08, vereda 21, casa N° 03 y el segundo en la Calle Garcés, N° 139, ambos de esta ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón, asistidos por el abogado JOSE GRATEROL NAVARRO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 69.011. En consecuencia, queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los unió en fecha 09 de Diciembre del 2010, por ante la Sección del Registro Civil Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Miranda del Estado Falcón, según se evidencia de certificación de acta de matrimonio Nº 338, que riela al folio 04 del presente expediente.