Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, por el abogado GUILLERMO ENRIQUE APONTE VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular cédula de identidad N° V-6.932.269, inscrito en el Inpreabogado Nº 35.897, con domicilio procesal en la Calle Ciencias, entre Calle Falcón y Paseo Talavera, Centro Comercial Miranda del Estado Falcón, actuando en representación del ciudadano LUIS ANTONIO MONTERO RUJANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.509.357, civilmente hábil domiciliado en la Urbanización La Velita 2, vereda 56, casa N° 67, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del est.....