este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado de cujus, ciudadano LUIS MANUEL LUGO, venezolano, de 69 años de edad, mayor de edad, soltero, Jubilado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.614.050, fallecido ab-intestato en fecha primero (01) de febrero de 2017, en el Hospital "Dr. Adolfo Prince Lara", de la ciudad de Puerto Cabello del estado Carabobo, según consta de Acta de Defunción Nº 86, emi.....