DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas Del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 15, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el punto previo alegado por el oferido, ciudadano ARMANDO RUBEN GARCIA MEDINA y en consecuencia;
SEGUNDO: INVALIDA LA OFERTA REAL DE PAGO, efectuada por el ciudadano DAVINORY JUSTO NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 16.557.774, representado judicialmente por el abogado Alexander Loyo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 61.550, en contra del ciudadano ARMANDO RUBEN GARCIA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº .....