este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta:
ÚNICO: SE HOMOLOGA el informe contentivo de la experticia complementaria del fallo, presentado en fecha 15 de mayo de 2018, por el Experto WILMER RAFAEL SANZ PIÑA, Contador Público, titular de la cédula de identidad N° 9.529.190, inscrito en la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, bajo el N° 97.321, donde estableció que el total a pagar a la parte demandante asciende a la cantidad de BOLÍVARES UN MILLÓN SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 87/100 (Bs.1.798.914,87).