este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 2, 3, 5, 7, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 185-A del Código Civil y el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos MELVI ALEXI CHIRINOS MEDINA y FRANCYS ANTONIA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, civilmente hábiles, con domicilio el primero, en la ciudad de Valencia estado Carabobo y la segunda en la Calle 03, Casa Nº 123, La Independencia, Parroquia San Gabriel del Municipio Miranda del estado Falcón, titulares de las cédulas de identidad números, V-10.477.959 y V-15.067.368, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio, Mirla Díaz López, inscrita en el Ins.....