Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 17, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Buenavista del Municipio Falcón, estado Falcón, correspondiente al año 1951, tanto en los Libros Originales como en los Libros Duplicados, en consecuencia, la rectificación procede en los siguientes términos: se corrija el nombre de la madre del presentado, así: donde se colocó ELEUTERIA GARCÍA DE RIERA, debe colocarse, así → CARMEN ESTEFANÍA GARCÍA DE RIERA; que es lo correcto.
Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria dos (2) copias certificadas de la presente decisión, a los efectos de los artícul.....