PRIMERO: SIN LUGAR, la cuestión previa establecida en el ordinal 6º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada en el presente juicio, SOLDADURAS Y FABRICACIONES C.A. (SOLFACA), a través de sus apoderados judiciales, abogadas ERNERYS ACOSTA GARCÍA, ANDREINA JIMENEZ y LILIANA ALDANA MARIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 154.443, 276.840 y 155.794, respectivamente.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la cuestión la cuestión previa establecida en el ordinal 11º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada SOLDADURAS Y FABRICACIONES C.A. (SOLFACA), a través de sus apoderados judiciales, abogadas ERNERYS ACOSTA GARCÍA, ANDREINA JIMENEZ y LILIANA ALDANA MARIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 154.443, 276.840 y 155.794, respectivamente.
Por la naturaleza de la materia no hay condenatoria en costas.