Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículo 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, concatenado con los artículos 509, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, Nº 04, de fecha 05/09/1997, inserta en Los Libros de Matrimonios del Juzgado de Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, ahora denominado Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, correspondiente al año 1997, de los ciudadanos PASTOR JOSE LISCANO QUINTERO Y EMMA LUISA JATAR DIAZ; tanto en lo.....