En mérito de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, y sujeto a lo establecido en la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado de-cujus, ciudadano NOEL ANTONIO ANTEQUERA ROBERTIS, quien era venezolano, de 60 años de edad, de ocupación Funcionario, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-7.470.600, quien falleció ab-intestato en fecha veinte (20) de junio de 2017, en el Hospital Doctor José María Espinoza, de la ciudad de Santa .....