declara INADMISIBLE la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL, presentada por la ciudadana YULYMAR GARCIA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.182.465, debidamente asistido por el Abogado OMAR DE DIOS GARCIA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 220.401, de conformidad con lo establecido en los ordinales 4º y 6º del artículo 340 de nuestro Código de Procedimiento Civil, toda vez que no se cumplió con los requisitos en él exigidos