DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos RAÚL ANGEL RODRÍGUEZ CHAHUA y JAIMERY ADRIANA VARGAS DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-24.358.977 y V-10.479.176, respectivamente, de este domiciliado, asistidos por la Abogada GABRIELA JOSÉ TORRES MANZANAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.008, y en consecuencia, queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une. HOMOLOGA el acuerdo habido entre las partes en los siguientes términos: el ciudadano RAÚL ANGEL RODRÍGUEZ CHAUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.358.977, declara ceder el 50% del derecho que le corresponde sobre el bien inmueble adquirido en la unión conyugal a la ciudadana JAIMERY ADRIANA VARGAS DE RODRIGUEZ, Una (01) casa con su parcela de terreno propio, distinguida con el numero 1B-11, de la Urbanización "Nuestra Señora de Coromoto", ubicada en la Calle 7, Barrio San Jo.....