administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGA LA PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL AMISTOSA efectuado por los ciudadanos ROSANNY DE LA TRINIDAD BRACHO SARMIENTO(representada por el ciudadano EDGAR GREGORIO BRACHO SANQUIZ) y REINIER FRANCISCO CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-18.047.482 y V-20.569.924, respectivamente, domiciliados en esta ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistidos por la Abogado CRISTINA ANDREINA MONTES ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo lo Nº 123.678, en la forma por ellos convenida, de conformidad con el artículo 767 y siguientes del Código Civil y 788 del Código de Procedimiento Civil, otorgándosele el efecto de Sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, en fundamento a lo expresado en el artículo 256 y 263 ejusdem. SEGUNDO: Este tribunal tiene a la ciudadana ROSANNY .....