En consecuencia, con fundamento en las observaciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: el SOBRESEIMIENTO de la SOLICITUD DE DIVORCIO, fundada en el artículo 185-A y sentencia emanada de la Sala constitucional N° 446 de fecha 15/05/2014 presentada por el ciudadano ROLANDO SIMON JIMENEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.290.358, domiciliado en la Calle Zamora, Casa N° 15 Jurisdicción del Municipio Miranda del estado Falcón, asistido por el Abogado REYNIER ANTONIO PADILLA SANCHEZ, Inpreabogado Nº 154.345; contra la ciudadana ROSA ELENA LUGO PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.528.565, domiciliada en la Urbanización Juan Crisóstomo Falcón Edificio Urum.....