En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa y dejando a salgo los derecho de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN presentada por la ciudadana AURA MARINA SIRA DE SIVADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.316.789, domicilia en Barquisimeto, estado Lara y aquí de transito. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil, Seguridad y orden Público del Municipio Miranda y al Registrador Civil Principal del estado Falcón, estampar las notas marginales correspondientes en el Acta de Defunción No. 598, de fecha 31/12/2001, perteneciente al ciudadano EFRAIN RAMON SIVADA, asentada en los libros llevados por el Registro Civil de la .....