En fecha 06-052014 se admite solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, presentada por la ciudadana: FANNY FLORES COLINA, venezolanA mayore de edad, casadA, titular de las cédulade identidad Nro: V- 10.702.599, domiciliadA esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; debidamente asistid a por el Abogado MIGUEL ANTONIO MEDINA CH.DAVID SANCHEZ COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.071.Por cuanto la presente solicitud no es contraria a derecho al orden público, a las buenas costumbres o/a disposición expresa de la Ley alguna y llena los requisitos exigidos en los Artículos 185-A, del Código Civil Venezolano y 340 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano.