Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos VILDE ALFONSO RAMIREZ y GREISMAR ARACELIS COLINA VALDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-17.793.044 y 20.796.666, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado GUIDO BLADIMIR LEAL, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 41.941. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron los ciudadanos VILDE ALFONSO RAMIREZ y GREISMAR ARACELIS COLINA VALDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-17.793.044 y 20.796.666, respectivamente por ante Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Falcón, en fecha 13 de Septiembre de dos mil.....