En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana YULEINYSLISAY OQUENDO BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.917.604.
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y Registrador Civil Principal del estado Falcón, rectificar y estampar la (s) nota (s) marginal (es) respectiva (s) en el Acta de Nacimiento Nº 398, inserta en el Libro de Registro Civil y Electoral Comisión de Registro Civil y Electoral Parroquia San Antonio Municipio Miranda del estado Falcón, correspondiente al año 1984, respecto al nombre de la solicitante en la forma siguiente: en donde fue identifica.....